La Empresa Municipal de la Vivienda de Rivas Vaciamadrid, que impulsó los procedimientos que desembocaron en la histórica sentencia del Tribunal Supremo que obligaba a los bancos a correr con los gastos del ‘impuesto de las hipotecas’, ha presentado un incidente de nulidad contra el Pleno mediante el cual el Alto Tribunal dio marcha atrás en aquella decisión.
El escrito solicita la nulidad de la decisión que, después de dos días de deliberación, anuló los efectos de tres sentencias, dictadas semanas antes por el mismo Tribunal Supremo, que determinaban que debía ser la banca, y no los clientes, quien pagara el Impuesto sobre Actos Jurídicos Documentados (conocido como ‘impuesto de las hipotecas’), que ha recaído hasta ahora sobre miles de familias que contrataron préstamos hipotecarios para financiar sus viviendas. Aquellas tres sentencias se referían a procedimientos impulsados por la EMV de Rivas, relativos a promociones de vivienda pública en el municipio.
El fundamento jurídico de este incidente de nulidad se basa en que la EMV entiende que el Tribunal Supremo ha vulnerado sus garantías procesales y el derecho a la tutela judicial, “vulneración del artículo 14 de la Constitución Española en el derecho a la igualdad en la aplicación de la norma, y vulneración del artículo 24 de la Constitución española al seleccionarse como doctrina jurídica que interpreta una norma jurídica una doctrina ostensiblemente errónea”. El resultado de aquel proceso, explicó Del Cura, “es que tenemos tres sentencias que dicen una cosa y otras tres que dicen la contraria”, por lo que apela a la seguridad jurídica para que se anule la decisión que, “después de dos días muy oscuros”, desembocó en una marcha atrás después de los tres primeros fallos a favor de la EMV ripense, y se retrotraiga a las tres sentencias iniciales.
Del Cura, que acudió al registro del Tribunal Supremo acompañado de Curro Corrales, consejero delegado de la EMV de Rivas, explicó que, si finalmente no se declara la nulidad de aquel pleno, el Consistorio acudirá al Tribunal Constitucional y, en última instancia, al Tribunal de Estrasburgo.
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