Un informe ambiental de la Comunidad avala la ‘regularización’ del Centro de Protección Animal de Rivas

por | Ene 3, 2024 | 0 Comentarios

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Un informe firmado a fecha 17 de octubre de 2023 por la directora general de Transición Energética y Economía Circular de la Comunidad de Madrid (un organismo dependiente de la consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior) avala la modificación del Plan General de Ordenación Urbana (PGOU) sobre los usos de las zonas verdes del municipio aprobada por el Ayuntamiento de Rivas Vaciamadrid en el Pleno municipal de mayo del 2022.

La “modificación puntual”, nombre técnico del trámite aprobado en aquel Pleno, planteaba la “puesta en valor de las zonas verdes del municipio” y contemplaba para ello nuevos usos compatibles con estos espacios. En este sentido, el Ayuntamiento declara “compatibles” equipamientos públicos que “permitan completar las actividades propias de ocio y esparcimiento colectivo y de protección y puesta en valor del medio ambiente”. Entre ellos, se incluyen los equipamientos “sanitarios ejercidos sobre animales y fauna”.

Esta “modificación puntual” permitía regularizar el Centro Integral de Protección Animal (CIPAR) Mary Tealby, que fue instalado en módulos prefabricados en una zona verde del polígono industrial Santa Ana. En este lugar ha permanecido operativo desde su apertura en abril de 2021 pese a que una sentencia judicial fechada el día 11 de mayo de 2021 declarara «no ser conforme a derecho» la aprobación del proyecto de construcción y ejecución de la obra de la instalación municipal por estar ubicado en una parcela verde.

El Ayuntamiento de Rivas reaccionó encargando un informe para la «puesta en valor de las zonas verdes» del municipio que derivó en la citada aprobación de la modificación puntual del PGOU un año después, en el Pleno municipal de mayo de 2022. el Ayuntamiento de Rivas Vaciamadrid.

Ahora, la Dirección General de Transición Energética y Economía Circular firma un informe favorable a la intervención que desea acometer el Ayuntamiento de Rivas, aunque no es definitivo porque no es de carácter urbanístico, sino medioambiental.

CIPAR Mary Tealby de Rivas

Informe favorable

En el informe, la entidad dependiente de la consejería de Medio Ambiente de la Comunidad de Madrid recoge de forma detallada los antecedentes del caso a los que hemos hecho mención anteriormente, y la lista de administraciones públicas y entidades afectadas por la modificación urbanística aprobada por el Ayuntamiento de Rivas a las que ha consultado en cumplimiento de la ley vigente de evaluación ambiental.

Los organismos consultados son las siguientes: Ecologistas en Acción, Confederación Hidrográfica del Tajo, Área de Vías Pecuarias, Dirección General de Seguridad, Protección Civil y Formación, Dirección General de Carreteras, Dirección General de Patrimonio Cultural, Administrador de Infraestructuras Ferroviarias (ADIF), Área de Planificación y Gestión de Residuos, Consorcio Regional de Transportes Públicos Regulares de Madrid, Demarcación de Carreteras del Estado en Madrid, Red Eléctrica de España S.A., y Área de Sanidad Ambiental.

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Además, la Dirección General de Transición Energética y Economía Circular de la Comunidad de Madrid refleja también las tres alegaciones presentadas, una de ellas del Partido Popular, que denuncia que el uso compatible con una instalación como el CIPAR “no estaba permitido por el planeamiento vigente en el momento de su instalación”.

Teniendo en cuenta la respuesta de los distintos organismos consultados y la documentación aportada, la directora general de Transición Energética y Economía Circular de la Comunidad de Madrid avala la solicitud del consistorio ripense para modificar el PGOU y ampliar así los usos de las zonas verdes del municipio, pero puntualizando que no es este el único órgano con poder de decisión en esta cuestión.

Así lo argumenta en el documento la Dirección General de Transición Energética y Economía Circular: “Esta Dirección General no aprecia que la Modificación Puntual pueda suponer efectos significativos sobre el medio ambiente en los términos establecidos en el presente Informe Ambiental Estratégico sin perjuicio de los informes de los órganos y entidades públicas previstos legalmente como preceptivos o que, por razón de la posible afección de los intereses públicos por ellos gestionados, deban considerarse necesarios conforme al artículo 57 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid”.

Justo antes, el organismo regional argumenta así su decisión: “Debido a que no se observan riesgos para la salud humana y el medio ambiente, ni valores o vulnerabilidad del terreno objeto del planeamiento urbanístico”, se expone en la resolución.

Por lo tanto, la Dirección General de Transición Energética y Economía Circular da su visto bueno, en el marco de sus competencias, a la modificación puntual del PGOU de Rivas que permitirá regularizar el CIPAR, y establece, eso sí, unos condicionantes “que se deberán reflejar con carácter previo” a la ejecución de la misma.

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