Información elaborada en colaboración con el Ayuntamiento de Rivas Vaciamadrid
La creación de una Oficina en Defensa de la Libertad de Conciencia, la creación de protocolos para ceremonias de acogimiento y despedidas civiles o el carácter estrictamente secular y sin connotaciones religiosas de inauguraciones, tomas de posesión, discursos y otros actos oficiales son algunos de los aspectos que regula el nuevo Reglamento de Laicidad Municipal de Rivas Vaciamadrid, aprobado por el Pleno de la ciudad el pasado 31 de mayo.
Desde el 25 de febrero de 2016, el Ayuntamiento de Rivas Vaciamadrid tenía una asignatura pendiente: dotar al municipio de una normativa que, en el marco de las competencias locales, regulara la efectiva separación entre la actividad pública y las religiones. La iniciativa ha sido impulsada por la Asociación Laica de Rivas, que ha trabajado desde entonces con el Consistorio hasta concretar el Reglamento de Laicidad Municipal, aprobado en el Pleno por 19 votos a favor (Somos Rivas, Rivas Puede, PSOE y los dos ediles no adscritos; los cuatro ediles del PP y los dos de Ciudadanos votaron en contra). En él, se regulan distintos aspectos relacionados con la laicidad: desde el carácter estrictamente secular de los actos públicos hasta la participación de los cargos municipales en ceremonias religiosas o los protocolos que regirán distintas ceremonias de carácter civil. Se trata, en definitiva, de “garantizar la plena separación entre el Ayuntamiento y las confesiones religiosas de cualquier signo, y de que primen en la esfera pública los valores democráticos que compartimos todos”, en palabras del concejal de Presidencia, Curro Corrales.
¿Qué va a suponer, en la práctica, la aplicación de este reglamento laico? Algunos de los aspectos que recoge, indica Corrales, ya se venían aplicando en Rivas: es el caso, por ejemplo, de la no cesión de suelo público para la construcción de edificios religiosos, o de la sujeción de las entidades de cualquier confesión a las mismas normas que cualquier entidad privada para desarrollar actos que impliquen ocupación de la vía pública o a la hora de acceder a las subvenciones, financiaciones o exenciones. Es decir, se garantiza un trato “sin privilegios ni discriminaciones” a las organizaciones religiosas de cualquier índole, manteniendo la neutralidad de la administración local ante los hechos religiosos.
En cuanto a los actos oficiales del Ayuntamiento de Rivas Vaciamadrid, como, por ejemplo, inauguraciones, tomas de posesión, discursos o pregones, el reglamento de laicidad establece que “serán exclusivamente seculares y sin connotaciones religiosas”. Así, en Rivas, las autoridades religiosas no participarán en ellos de manera oficial o preferente, y tampoco se incorporarán en ellos símbolos o ritos religiosos. En sentido inverso, los cargos municipales y funcionarios públicos, cuando asistan a eventos organizados por alguna entidad religiosa, lo harán a título individual, pero no como representantes institucionales; además, estos actos religiosos no se incorporarán a la programación propia del Ayuntamiento de Rivas ni tendrán la consideración de oficiales.
En cuanto a la simbología religiosa, será retirada de los edificios y dependencias municipales y su custodia y protección pasará a ser responsabilidad de las autoridades municipales, o bien donada a entidades religiosas que pudieran tener interés en ella, salvo si estos elementos tienen “un valor histórico o artístico añadido que justifiquen su conservación a esos efectos históricos o añadidos y cuya retirada pudiera ocasionar un daño irreversible. No está contemplado, matiza Corrales, que esta normativa afecte al callejero de la ciudad.
VÍDEO: Vea el debate y posterior aprobación del Reglamento de Laicidad Municipal de Rivas Vaciamadrid
Ceremonias civiles
El Consistorio también elaborará un protocolo para determinadas ceremonias, como acogimientos civiles a nuevos miembros de la comunidad (ya sean recién nacidos o vecinos que procedan de otros lugares, así como despedidas, habilitando espacios libres de simbologías religiosas en instalaciones públicas, incluidos, en su caso, tanatorios municipales. Se prevé que estas estancias puedan adornarse con este tipo de elementos, siempre que sean retirados al término de cada ceremonia. En cuanto a los matrimonios civiles, su protocolo continuará regulado como hasta ahora.
Oficina Municipal de Defensa de la Libertad de Conciencia
Una de las novedades que trae consigo esta nueva normativa es la creación de la Oficina Municipal de Defensa de la Libertad de Conciencia, un recurso que se pondrá a disposición de la ciudadanía con recursos municipales, que no tendrá coste adicional. Corrales explica que, en la práctica, se reunirán en un único servicio varios servicios, como el asesoramiento y la orientación a vecinos que deseen realizar su testamento vital según su conciencia (algo que es posible en el Centro de Salud Santa Mónica), o acompañamiento en la tramitación de apostasías. “En realidad, nunca hemos tenido una ‘oficina de apostasías’, sino que se asesoraba a quien deseaba ejercer este derecho en la oficina de Derechos y Libertades Públicas”, explica Corrales. “Por ejemplo, ahí se ha integrado también un recurso de asesoramiento a personas migrantes, también sin coste adicional alguno”, matiza.
Desde la Asociación Laica de Rivas celebran la aprobación de este reglamento, que, si no se reciben alegaciones previas, entrará en vigor nada más publicarse en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid. Su presidente, Fernando Arias, asegura que, “en contra de algunas manifestaciones, la filosofía de la laicidad es mantener y velar por la libertad de conciencia de la ciudadanía, como derecho individual en el ámbito privado; y separar el Estado de estos asuntos”. Y concluye: “Este reglamento no va contra nadie, sino que propugna la neutralidad, sin discriminación, pero también sin privilegios, para las entidades religiosas de cualquier índole”.
Descargue aquí el Reglamento de Laicidad Municipal de Rivas Vaciamadrid
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