¿Te parece interesante? ¡Compártelo!

La Comunidad de Madrid ordena el cierre de todos los establecimientos a partir de las 00.00 de este sábado, excepto tiendas de alimentación y de productos de primera necesidad.

Así lo ha anunciado mediante un comunicado, emitido en la tarde de este viernes, el Gobierno de Isabel Díaz Ayuso, que pretende aumentar el distanciamiento social para evitar más contagios por el coronavirus COVID-19. En concreto, desde las 00.00 de este sábado, y hasta el próximo 26 de marzo como mínimo, se adoptan las siguientes medidas:

CIERRE DE ESTABLECIMIENTOS

-Cierre de cines, teatros, discotecas, salas de exhibiciones, salas de conciertos, auditorios y salas de exposiciones. También están afectados por esta medida gimnasios, locales o recintos deportivos cerrados, los destinados a la práctica deportiva de uso público, casinos, salones de juego, locales específicos de apuestas y salones recreativos.

-Del mismo modo, se ordena el cierre de parques de atracciones, parques zoológicos, parques recreativos infantiles, verbenas, desfiles y fiestas populares. Se cierran bares de copas, tabernas y bodegas, cafeterías, bares, chocolaterías, heladerías, restaurantes, salones de banquetes y terrazas, entre otros.

-En el caso de cafeterías, bares y restaurantes permanecerán cerradas al público, pudiendo prestar exclusivamente servicios de entrega a domicilio o para su recogida en el local y consumo a domicilio. La permanencia en estos establecimientos deberá ser la estrictamente necesaria. En todo caso se evitarán aglomeraciones y se controlará que consumidores y empleados mantengan la distancia de seguridad establecida a fin de evitar posibles contagios.

-La clausura también se aplicará a los locales de ensayo de la Comunidad de Madrid para jóvenes músicos, dirigidos a asesoramiento y formación; los centros de formación, de usos múltiples, con espacios de biblioteca, salas de lectura y archivos de documentación, así como los albergues, refugios juveniles y servicios de información juvenil.

ESTABLECIMIENTOS QUE SÍ PODRÁN ABRIR

-El cierre no afecta a los bares y restaurantes ubicados en establecimientos hoteleros o en el interior de las instalaciones destinadas a la prestación de servicios públicos.

-La orden de la Consejería de Sanidad tampoco afecta a comercios minoristas de alimentación y primera necesidad. En concreto, podrán permanecer abiertas las fruterías, carnicerías, pescaderías, panaderías, farmacias, gasolineras, estancos, quioscos y supermercados, entre otros.

-En el caso de las grandes superficies solo podrán abrir la zona habilitada con este tipo de servicios.

-La permanencia en los establecimientos comerciales cuya apertura esté permitida deberá ser la estrictamente necesaria para que los consumidores puedan realizar la adquisición de alimentos y productos de primera necesidad, quedando suspendida la posibilidad de consumo de productos en los propios establecimientos. 

-Asimismo, podrán permanecer abiertas las tiendas de informática, de audiovisuales, las papelerías, los comercios de productos de higiene, las tiendas de animales de compañía o los comercios por correspondencia o Internet, entre otros.

REGISTROS Y ATENCIÓN A LA CIUDADANÍA

-Se suspende la actividad presencial en todas las oficinas y puntos de Atención al Ciudadano de la Comunidad de Madrid, así como en los
registros públicos de la Administración regional, incluido el Registro de Uniones de Hecho.

-Igualmente, no habrá atención al público en las oficinas de gestión tributaria y en las Oficinas de Empleo y de Trabajo, entre otras. Los escritos, las solicitudes y el resto de comunicaciones dirigidas a la Administración se podrán presentar por medios telemáticos a través del registro electrónico de la Comunidad de Madrid.

-No obstante, para garantizar la seguridad jurídica necesaria y no perjudicar los intereses de los ciudadanos, el Consejo de Gobierno ha declarado como días inhábiles los comprendidos entre el 13 y el 26 de marzo, ambos inclusive, a efecto de cómputo de los plazos en los procedimientos administrativos que se tramiten en el ámbito de la Comunidad de Madrid.

-La información y la atención al ciudadano se mantendrá hasta el 26 de marzo a través de los canales del servicio 012 y de la página web comunidad.madrid.

TELETRABAJO EN LA ADMINISTRACIÓN REGIONAL

Por otro lado, la Dirección General de Función Pública, de la Consejería de Hacienda y Función Pública, ha elaborado una resolución para establecer el teletrabajo entre los empleados públicos de la Administración regional, salvo en el caso del personal sanitario y educativo. Esta resolución, de la que han sido informados los sindicatos CC.OO, CSIT, UGT y CSIF, afecta a 35.000 trabajadores que forman parte del personal funcionario y laboral de la Comunidad de Madrid.

Para hacerlo posible, la Comunidad de Madrid ha ampliado la capacidad de las herramientas colaborativas disponibles, como videoconferencias, chats y entornos para compartir documentación, así como el acceso seguro a documentación alojada en la nube y al correo corporativo ‘en remoto’.

Se ha determinado que será la Secretaría General Técnica de cada consejería, con el visto bueno del titular del centro directivo, la que determinará cómo se va a implementar el teletrabajo entre las plantillas a su cargo, primando en todo momento la continuidad del servicio de la unidad organizativa. Asimismo, serán ellos quienes decidan cuándo se debe requerir la presencia física por prestar un servicio esencial.

En este sentido, se han identificado a 1.500 técnicos de la Administración regional que cubren críticos o esenciales de la Comunidad de Madrid a los que se ha dotado del equipo necesario para desempeñar sus funciones sin necesidad de acudir al centro de trabajo. Para ello se les ha facilitado un ordenador portátil, teléfono móvil, acceso por conexión remota a la red corporativa o acceso en remoto al puesto de la sede corporativa, herramientas colaborativas y asistencia técnica.

COMUNICACIÓN A LOS AYUNTAMIENTOS

La Comunidad de Madrid comunicará a los ayuntamientos que se recomienda el establecimiento del teletrabajo como método general de funcionamiento y la suspensión de todas las actividades que no sean esenciales para garantizar la seguridad, la convivencia y las emergencias; y la aplicación efectiva de las medidas establecidas por la Autoridad Sanitaria o aquellas adoptadas en el marco del Plan Territorial de Protección Civil de la Comunidad de Madrid (PLATERCAM). También se tiene que garantizar la atención telefónica o digital a los ciudadanos así como la continuidad de los servicios de soporte a los sistemas de funcionamiento municipal.

La prioridad del teletrabajo también deberá estar presente en el ámbito educativo. Las viceconsejeras de Política Educativa y de Organización Educativa han enviado hoy una resolución conjunta a todos los centros educativos de la Comunidad de Madrid en la que se establecen unas nuevas instrucciones debido a la evolución de la expansión del virus.

Una vez organizada por parte de los centros la actividad para que se pueda seguir a distancia u online las clases entre profesores y alumnos esta nueva resolución, aprobada hoy, establece la prioridad de forma generalizada el teletrabajo y solo será precisa la presencia física del personal cuando sea necesaria para garantizar la continuidad de la actividad educativa.

En el ámbito de Políticas Sociales, se ha ordenado la suspensión durante los próximos 15 días del ejercicio de las actividades que realizan los centros de atención diurna (centros de día) a personas mayores y a personas con discapacidad ubicados en el territorio de la Comunidad de Madrid. Excepcionalmente, la Consejería de Políticas Sociales podrá abrir centros de referencia por zona, con el fin de garantizar que ningún usuario quede desatendido como consecuencia de esta suspensión temporal.

 

Galería: Rivas en imágenes

¿Te parece interesante? ¡Compártelo!
MÁS  Más Madrid Rivas renueva su dirección con el nombramiento de Sonia Carrobles y Miguel Gómez-Pavón como coportavoces