Perros sueltos en Rivas: cuándo y dónde puedes pasearlos sin correa, según la normativa

por | Feb 21, 2024 | 5 Comentarios

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La ordenanza municipal del Ayuntamiento de Rivas Vaciamadrid que regula el horario y las condiciones en el que se puede llevar a los perros sueltos en la vía pública data del año 2015.

El documento legal, cuyo nombre completo es ‘Ordenanza municipal de protección y tenencia de los animales domésticos y de compañía’, establece, entre otras muchas cuestiones, las condiciones, lugares y horarios en los que se pueden dejar sueltos los perros en los espacios públicos.

En concreto, esta cuestión se aborda en el punto 3 del artículo 6 —denominado ‘En la vía pública y espacios públicos’— de la citada ordenanza. En él se definen las obligaciones en la vía pública de los propietarios de animales de compañía. Son las siguientes:

LUGARES

La primera cuestión a tener en cuenta es que los perros puedes permanecer sueltos solamente en los parques públicos municipales y en los espacios delimitados como áreas caninas.

En un principio, tal y como informó el Ayuntamiento de Rivas en el 2015, solamente se autorizó que los animales estuvieran sueltos en siete parques de la ciudad: Arboretum, Bellavista, Casa Grande, Asturias, Montarco, Encuentro, Lineal, Miralrío, Olivar de la Partija y San Isidro. Pero, en la actualidad, la ordenanza no especifica un listado de parques, sino que permite que los perros estén sueltos en todos los parques municipales en las condiciones fijadas en la ordenanza y que reproducimos en esta pieza.

En las áreas caninas, los perros pueden estar sueltos “siempre que el recinto se encuentre operativo, debiendo permanecer siempre las puertas cerradas y estar el perro bajo vigilancia de persona responsable que deberá recoger los excrementos”, se lee en la ordenanza, en su artículo 26.

Paseo de los Animales de Rivas, en el parque Lineal.
Paseo de los Animales de Rivas, en el parque Lineal (foto: Ayto. Rivas).

CONDICIONES

Para que los animales puedan estar sin correa, sueltos, en los parques municipales, se deben dar, además del horario, estas tres condiciones descritas en la ordenanza municipal:

  • La persona responsable del perro suelto prestará especial atención a la obligación de la recogida de los excrementos que deposite el perro.
  • No existirán personas en las inmediaciones (especialmente niños) a los que pueda molestar.
  • No se permite la entrada de perros en zonas de juegos infantiles. Ni siquiera atados.

HORARIOS

El tercer requisito para dejar sueltos a los perros en los parques municipales es que sea dentro del siguiente horario, que varía en función de si es verano o invierno. En ningún caso está permitido tener a los perros sueltos en Rivas fuera de dichos horarios.

  • Horario de invierno (de octubre a marzo): de 19:00 a 8:30 horas.
  • Horario de verano (de abril a septiembre): de 21:00 a 8:30 horas.

Si no se cumplen estas condiciones o el horario fijado en la ordenanza, los animales de compañía deberán ir “debidamente sujetos por correa y acompañados por persona capaz e idónea” en las vías públicas y espacios públicos de Rivas, señala el Ayuntamiento en el documento legal.

Normativa municipal relativa a los animales de compañía en la vía pública
Normativa municipal relativa a los animales de compañía en los parques (fuente: Ayto. Rivas)
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Perros excluidos de esta normativa

Quedan excluidos de esta normativa los perros considerados potencialmente peligrosos, ya que su propia normativa de aplicación establece medidas de seguridad específicas. «Estos animales no podrán en ningún caso pasear sueltos en los espacios públicos», advierte el consistorio.

Tampoco es de aplicación el contexto descrito a los perros guía, que también tienen su propia normativa, y a los perros de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad “en el ejercicio de sus funciones”, matiza el Ayuntamiento en la ordenanza.

Además, también se pueden establecer restricciones para un perro “si así fuera necesario debido a que dicho animal haya protagonizado incidentes de agresividad a otros animales o a personas, o posea cualquier otra característica que lo hagan difícilmente controlable”, se apunta en la ordenanza.

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En relación a todo lo explicado, también especifica el Ayuntamiento en el texto legal que “las personas propietarias y tenedoras deberán tomar todas aquellas medidas necesarias para que estos animales no puedan salir del domicilio donde vive el animal de forma que se incumpla lo establecido», y que no está permitido que los animales beban en las fuentes públicas de agua potable de consumo humano instaladas en la vía pública de Rivas.

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5 Comentarios
  1. Es un tema muy serio el de llevar a los perros sueltos.
    Hemos tenido varias experiencias de perros que han atacado a nuestro perro labrador, corriendo mi marido y yo gran peligro por defenderlo.
    El último ha sido en la calle Pilar Bardem, una loba escandinava se escapó de un chalet y se lanzó a por él.
    Hace falta mucha más vigilancia y carteles para concienciar a los dueños de la responsabilidad que hay que tener.

    • Si se escapó del un chalé está normativa no hubiera cambiado nada, no?

  2. Debería haber más vigilancia ante esta problemática tan común. Mi hija de 5 años, ha tenido 2 malas experiencias con perros sueltos y ahora les tiene miedo. A parte de la cantidad de cacas de perros que hay esparcidas por todas las zonas verdes de Rivas. Me parece lamentable que no se pueda andar tranquilamente por estas zonas. Habría que modificar la ley y multar a todos los dueños que no recojan las cacas de sus perros y que les lleven sueltos cuando no deben hacerlo.

  3. Una vez una persona tenía el perro suelto, en un parque en horario que lo debería llevar atado.

    El caso es que el perro tiró al suelo a mí hija de tres años y encima tuve que soportar que el dueño se me pusiera chulo.

    Hay mucha gente que no cumple con esa normativa.

  4. Referente al tema perros,no estaría mal poner dispensadores de bolsas para recogida de escrementos así como bebederos para ellos

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